El año pasado la escritora Fernanda Melchor se quejó en Twitter de que la gente comparte sus libros en archivo PDF en lugar de comprarlos. Esto hizo explotar las redes sociales porque el formato digital se ha convertido en las nuevas fotocopias que se pasan de mano en mano (y quien no haya leído un PDF que tire la primera piedra).
Fernanda Melchor está en todo su derecho de defender la propiedad intelectual de sus libros. La Ley Federal de Derechos de Autor explica en su artículo 27 que el titular de los derechos de una obra puede autorizar o prohibir que su novela se reproduzca en copias digitales.
De hecho, esta Ley no solo protege a Melchor, cuya obra está publicada en una editorial importante, también resguarda los derechos de cualquier persona que fije su obra en algún soporte material, incluidos los medios electrónicos. No importa si la persona autora no registra su obra o no está publicada en una editorial, la ley también protege obras inéditas y divulgadas, es decir, aquellas que ya fueron dadas a conocer al público incluso de manera parcial.
La discusión alrededor del tuit de Fernanda Melchor fue la punta del iceberg de un debate más amplio sobre si compartir PDFs afecta a las editoriales y por lo tanto a las y los autores, o si más bien es una manera de divulgar el conocimiento, tal y como era antes prestar un libro.
Una industria en peligro
Hay que decir que cuatro de cada 10 libros que se consumen en México son piratas, o sea que esos ingresos no benefician a las editoriales ni a los autores ni a los diseñadores, de acuerdo con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. En el ámbito digital la cifra es aún mayor: uno de cada dos libros que se leen en computadoras y dispositivos son copias ilegítimas.
En los ensayos Más allá del Derecho de Autor, compilados por Alberto López Cuenca y Renato Bermúdez Dini, se explica que “la industria del libro ha decrecido de manera drástica en los últimos dos años”, con un descenso de 24.87% en libros registrados con ISBN y 14.03% menos editoriales.
En 2021 la Ley General de Bibliotecas obligó a las editoriales a entregar seis ejemplares de todas su obras a tres bibliotecas de la Ciudad de México para que la gente pueda leerlas, y de inmediato reaccionó la Cámara de la Industria Editorial Mexicana (CANIEM) pidiendo eliminar esa obligación.
Luego de meses de litigio, la Suprema Corte le dio la razón a la industria editorial y las bibliotecas podrían enfrentar multas millonarias si ponen nuevos títulos a consulta pública, con el argumento de que esto violaría los derechos de autor de las y los escritores.
Aunque este fallo de la Corte solo aplica para la Biblioteca México, la Biblioteca Nacional y la Biblioteca del Congreso, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) considera que esta resolución es el pretexto que necesitaba la industria editorial para denunciar a otros espacios de consulta que tengan ejemplares de sus novedades.
La R3D y otros sectores de la opinión pública pusieron sobre la mesa el derecho a la cultura y al acceso a la información, así como el papel de las bibliotecas en la difusión del conocimiento, como daños colaterales de defender a ultranza la propiedad intelectual.
En defensa del PDF
En su ensayo El debate de la piratería y el acceso a productos culturales, Andrea Poulain menciona que los debates sobre derechos de autor “suelen dar vueltas alrededor de las publicaciones de ficción, pero pocas veces tocan el ámbito académico (donde los libros no los pueden comprar ni los mismos profesores, que viven de fotocopias y dejan fotocopias a sus estudiantes)”.
También explica Poulain que no se puede generalizar que toda aquella persona que “piratea” un libro es un ladrón porque “caben grupos enteros de profesores y alumnos que vivieron a base de copias, impresiones de PDFs y quizá una copia en una biblioteca que todo el mundo peleaba”. Las razones por las que se comparten copias ilegítimas de los libros “terminan y empiezan con la situación económica de una persona y el difícil acceso a la cultura o a textos académicos”.
Si bien la ley protege que nadie saque provecho de la obra que alguien ya ha divulgado, incluso sin necesidad de registrarla, sin que esté publicada bajo un sello editorial y aunque solo se haya publicado en una página de internet, también hay que considerar el derecho a la cultura y a la información, cuestionar si quien comparte un PDF lo hace con fines de lucro, si el sitio web de descarga obtiene beneficios comerciales, o si se hace para divulgar el conocimiento, y vale la pena preguntarse si este comportamiento debería ser castigado.
La industria editorial se enfrenta a amenazas que merman sus ganancias, es cierto, pero quizás algunas de esas amenazas podrían ser canales para crear nuevos lectores (o evitar que disminuyan), lo cual a largo plazo sería en su beneficio. O para decirlo en otros términos: evitar que la gente lea quizás no sea la manera más astuta de conseguir que se compren más libros.
Por Andrei Vásquez.